Los VLA, condicionantes de la correcta Higiene Industrial.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INNST) establece en su guía Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España los valores límite ambientales (VLA) establecidos en la aplicación de la Higiene Industrial.
Los VLA son los valores de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en el aire, y representan condiciones a las cuales la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos 8 horas diarias y 40 semanales, durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud.
En general, se habla de esta exposición a los agentes químicos por vía respiratoria, es decir, mediante inhalación, y se tiene en cuenta el tiempo y la periodicidad de exposición. Por ello, es especialmente importante, dentro de la normativa de Higiene Laboral, tener un control exhaustivo de estos agentes químicos.
Normativa española: RD 427/2021
La normativa española sobre agentes químicos y concentraciones admisibles en el aire de los lugares de trabajo establece las concentraciones máximas permitidas.
El RD 427/2021, que modifica al RD 665/1997, incorpora lo establecido en la Directiva (UE) 2019/130, aumenta el nivel de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores dado que la implantación de valores límite para determinados agentes cancerígenos o mutágenos contribuirá a reducir de manera significativa los riesgos derivados de estas exposiciones.
Asimismo, se han incluido las modificaciones publicadas en el Reglamento (UE) 2021/849 que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, el Reglamento (CE) no. 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
Por ello, se incluyen los nuevos agentes que cumplen los criterios para ser clasificados como carcinógeno (tricloroetileno, 4,4’-metilendianilina, epiclorohidrina, dibromuro de etileno y dicloruro de etileno), se establecen valores límite de referencia para la vía de exposición inhalatoria a las emisiones de motores diésel (tanto en exposiciones cortas como largas), y se añade la ‘Observación de piel’ tanto para aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor, como para mezclas de hidrocarburos aromáticos policíclicos, en particular los que contienen benzo[a]pireno.
Estas inclusiones se enfocan a una legislación más estricta, y ya se apunta que en próximas revisiones de la guía habrá una revisión de los diisocianatos, gasolina y plomo, así como sus compuestos inorgánicos.